CONSIDERACIONES PREVIAS DE REGISTRO
Condiciones generales para la presentación de servicios
1° Generalidades. Éxxita be circular, S.A. en adelante denominada Éxxita, hace todos sus pedidos de trabajo con sujeción estricta a las presentes condiciones, salvo pacto en contrario que para ser válido, deberá hacerse constar expresamente por escrito. Las condiciones generales inscritas en las ofertas, contratos y documentos de las casas suministradoras no afectarán en modo alguno a Éxxita en tanto no manifestase éste su aprobación y conformidad con ellas de un modo expreso y terminante. Cualquier modificación al pedido surtirá efecto únicamente en el caso de que Éxxita de su conformidad por escrito. En todo caso para que Éxxita quede obligada en un pedido o modificación, es necesario que el documento correspondiente vaya firmado por persona autorizada al efecto, con la antefirma de la Empresa.
2° Tiempos de respuesta. Los servicios solicitados han de ser efectuados en la fecha y lugar indicados en los tickets, reservándose Éxxita la admisión de entregas anticipadas. Cuando no se hubiese indicado plazo de entrega se entiende que el servicio ha de efectuarse inmediatamente. En caso de incumplimiento del plazo establecido, Éxxita con objeto de dar inmediata prestación al cliente queda autorizado a contratar a terceros servicios, pudiendo repercutir en el partner el sobre coste de los trabajos, sobre el precio acordado en este contrato. Del mismo modo el partner responderá de su impericia ante terceros, así como del incumplimiento total o parcial del encargo efectuado por Éxxita. Ello independientemente de las responsabilidades civiles y/o penales que se pudiera generar como consecuencia del incumplimiento del presente contrato.
3° Facturación. El partner deberá enviar las facturas, antes del día 5 de cada mes, al correo electrónico recepcion@exxita.com y éstas deben mostrar el número de Pedido de Compra facilitado por la Éxxita be circular, S.A., además de todos los datos fiscales, fecha de vencimiento y datos bancarios para la realización del pago.
4° Condiciones de pago. La forma de pago será 30 días fecha factura cuando el pedido es inferior a 300€ (IVA no incluído) y 60 días para pedidos superiores o iguales a 300€ (IVA no incluído), mediante transferencia bancaria, siendo la fecha de pago el día 10 de cada mes.
5° Reclamación e indemnización. Las condiciones establecidas por Éxxita sobre medidas, calidades y formas de ejecución, serán cumplidas con la mayor exactitud. Las prestaciones de servicio que no coincidan con las referidas condiciones darán derecho a Éxxita a rescindir total o parcialmente el presente contrato, con indemnización, a cargo del partner por daños y perjuicios. Iguales derechos se derivarán cuando se aprecien deficiencias o divergencias de otra índole.
6° Materiales a disposición del partner. El partner reconoce de forma expresa, que los materiales puestos a su disposición por Éxxita para ser utilizados en la producción de la mercancía encargada, son propiedad de Éxxita debiendo cuidarlos y conservarlos con las debidas diligencias, respondiendo de cualquier daño o pérdida que éstos sufran.
7° Encargos a terceros. Los encargos del pedido a terceros, por parte del partner, no están permitidos sin la expresa autorización escrita de Éxxita.
8° Maquetas, manuales, herramientas, etc. entregadas al partner y las mercancías producidas, según cada caso, no deberán ser entregadas a terceros, ni deberán ser usadas con fines de publicidad, u otros, por parte del partner sin el consentimiento de Éxxita comunicado por escrito. Las muestras, manuales, etc. serán guardadas por el partner de tal manera que no puedan ser utilizadas por terceros.
9° Código de Conducta para los partners de Éxxita. El partner está obligado a cumplir con las leyes del sistema legal aplicable o de los sistemas legales aplicables. En concreto, el partner no cometerá, de forma activa o pasiva, directa o indirectamente, ningún tipo de soborno, cualquier vulneración de los derechos fundamentales básicos de los trabajadores, ni contratará a menores. Además, el partner será responsable de la seguridad y salud de sus trabajadores, actuará de conformidad con las leyes medioambientales aplicables y se esforzará para promover este Código de Conducta entre sus partners. Además de otros derechos y recursos que Éxxita pueda tener, Éxxita podrá resolver el contrato y/o cualquier orden de compra emitida en virtud del contrato en caso de que el partner incumpla con esas obligaciones. Sin embargo, si el incumplimiento contractual del partner puede ser subsanado, el derecho de Éxxita a resolver el contrato está sujeto a la condición de que dicho incumplimiento no haya sido subsanado por el partner en un plazo razonable fijado por Éxxita.
10° Control de Exportaciones y Normativa de comercio exterior.
12.1 El partner deberá cumplir con toda la Normativa del Control de Exportación, Aduanas y Comercio Exterior (regulaciones de Comercio Exterior). El partner notificará a Éxxita por escrito dentro del plazo de dos semanas desde la recepción del pedido - y en caso de cualquier cambio en el pedido sin retraso justificado - toda la información y datos requeridos por Éxxita para cumplir con todas las Regulaciones de Comercio Exterior en caso de exportación e importación, así como en caso de reexportación, incluyendo sin excepción:
Todos los códigos de clasificación exigidos por la Normativa de Control de Exportación, incluyendo el Código de Clasificación de Control de Exportación según la Lista del Control de Comercio de EE.UU (ECCN).
La partida estadística de la mercancía de acuerdo con la clasificación vigente para las Estadísticas de Comercio Exterior y la codificación del Sistema Armonizado (SA).
El país de origen (origen no preferencial); y - a requerimiento del Comprador - la declaración de origen preferencial del partner (en caso de partners europeos o los certificados de origen preferencial (en caso de partners no europeos).
12.2 El partner será responsable de cualquier gasto y/o daño en el que incurra Éxxita debido a cualquier incumplimiento de las obligaciones establecidas en la cláusula 12.1. salvo que tal incumplimiento no sea imputable al partner.
11° Cláusula de reserva. Éxxita cumplirá el contrato siempre y cuando no existan obstáculos derivados de prescripciones nacionales o internacionales del derecho de comercio exterior ni embargos (y/u otras sanciones) que lo impidan.
12° Seguro. Éxxita no se hará cargo de gastos de seguro alguno que no esté debidamente especificado en el pedido. El partner declara disponer de un seguro de responsabilidad para garantizar los servicios técnicos a terceros, obligándose a expedir copia a Éxxita para la constancia del mismo, así como de las sucesivas primas que se abonen para su mantenimiento. Todo el equipamiento propiedad de Éxxita, así como todos los productos propiedad de Éxxita sea cualesquiera su estado, estarán protegidos contra daños, robo o incendio por dicha póliza de seguro.
13° Confidencialidad y No Concurrencia. El partner se obliga a guardar la más absoluta reserva, seguridad e integridad de los procesos, programas, datos e información pertenecientes a Éxxita y sus clientes. Así como también, a no violar la confidencialidad, seguridad y propiedad de los archivos, programas y sistemas de aplicación, absteniéndose, sin la respectiva autorización por escrito de Éxxita a efectuar cualquier tipo de cambio, transacción, modificación y adición de información a los archivos, programas y sistemas de aplicación, no pudiendo facilitar a terceros bajo ningún concepto, información alguna de clientes, proveedores y sistemas. Las partes mantendrán la necesaria y obligatoria confidencialidad de los datos e información intercambiada a virtud del presente contrato, incluyendo información objeto de derecho de autor, patentes, técnicas, modelos, invenciones, know-how, procesos, algoritmos, programas, ejecutables, investigaciones, detalles de diseño, información financiera, lista de clientes, inversionistas, empleados, relaciones de negocios y contractuales, pronósticos de negocios, planes de mercadeo e cualquier información revelada sobre terceras personas. Las partes contratantes acuerdan que cualquier información intercambiada, facilitada o creada entre ellas en el transcurso del contrato o tras el mismo, será mantenida en estricta confidencialidad. La parte receptora correspondiente sólo podrá revelar información confidencial a quienes la necesiten y estén autorizados previamente por la parte de cuya información confidencial se trata. Se considera también información confidencial: a) Aquella que como conjunto o por la configuración o estructuración exacta de sus componentes, no sea generalmente conocida entre los expertos en los campos correspondientes. b) La que no sea de fácil acceso, y c) Aquella información que no esté sujeta a medidas de protección razonables, de acuerdo con las circunstancias del caso, a fin de mantener su carácter confidencial.
En caso de que cualquiera de los firmantes incumpliese el catálogo de obligaciones del presente acuerdo de confidencialidad, desvelando datos de clientes, actividad interna, conocimientos, contactos comerciales, organización, personal, etc, indemnizará a la otra en la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000 €) como cláusula penal indemnizatoria sustitutiva, que ambas partes consideran ajustada a derecho, equitativa y equivalente a los perjuicios e intereses que se pretenden salvaguardar.
El partner se obliga a no ofrecer o prestar directamente a los clientes de Éxxita, los mismos servicios que presta por cuenta de ésta y que son objeto de este contrato, u otros servicios concurrentes con los que Éxxita o las sociedades a ella vinculadas, ofrecen en el mercado; se considerará infringida esta prohibición no sólo cuando los servicios sean prestados por el partner, sino cuando lo sean por medio de sociedades o personas interpuestas, o por sociedades participadas o que participen directa o indirectamente en el partner, o con las que tenga socios en común.
En caso de incumplimiento de esta obligación, el partner abonará a Éxxita en concepto de cláusula penal indemnizatoria objetiva, y sin perjuicio de otras que puedan ser pactadas en el curso de este contrato, una indemnización equivalente al 30% de las cantidades que por estos servicios haya facturado el partner al cliente que se trate.
14° Competencia. Para cuantas divergencias pudieran surgir de la interpretación del presente pedido, las partes se someterán exclusivamente a los Juzgados y Tribunales de Sevilla (España), con expresa renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, todo ello de conformidad con el art. 7.1. a) del REGLAMENTO (UE) No. 1215/2012 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 12 diciembre de 2012.
15° Protección de datos. Conforme a la normativa vigente en materia de Protección de datos, Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, les informamos que sus datos personales van a ser inscritos en nuestras bases de datos y no se comunicarán a terceros, excepto en aquellos casos en que sea exigido por la ley o para la correcta prestación de nuestros servicios. Y serán utilizados por esta entidad en las gestiones comerciales contratadas con nosotros y en los servicios de promoción, descuentos, felicitaciones y campañas publicitarias de nuestros productos. En caso de no estar de acuerdo con dicho uso de sus datos, señalar con una cruz la casilla correspondiente y enviar este escrito a la dirección que le facilitamos a continuación (partners@exxita.com): [ ] No deseo que se me envíe ningún tipo de información comercial, felicitación, ni promoción.
16° Propiedad Industrial. El partner asume la responsabilidad y garantiza que sus procesos de fabricación y productos no infringen patentes ni lesionan la propiedad industrial ni derechos de terceros.
17° Suspensión/anulación de trabajo. Éxxita podrá suspender temporalmente y/o anular total o parcialmente el pedido sin coste alguno sí:
a) El partner se declara en suspensión de pagos, le incoan expediente de crisis a quiebra o tuviera que hacer liquidación de bienes o traspaso general de estos en beneficio de sus acreedores.
b) El partner incumple cualquiera de las disposiciones básicas del pedido a de estas Condiciones Generales. En ambos casos, Éxxita mantendrá sus derechos sobre la parte anulada y podrá exigir los daños y perjuicios consiguientes.